Altas Capacidades en Aragón

Informe sobre la educación de los superdotados y altas capacidades en España: Desde el Fracaso Escolar a la Excelencia Educativa, por Comunidad Autónoma y comparativa con Europa y Estados Unidos. Registro de la Propiedad Intelectual M-005868/2015; Autor: Carmen Sanz Chacón y colaboradores (@carmensanz @superdotacion). Proyecto de la Fundación El Mundo del Superdotado y El Mundo del Superdotado.

La Educación de los Superdotados y las Altas Capacidades en Aragón

Alumnos con Altas Capacidades intelectuales en Aragón

Según las estadísticas del Ministerio de Educación, durante el curso 2013-2014 se matricularon en Aragón un total de 213.180, de los cuales 126 fueron identificados de Altas Capacidades Intelectuales. Esto supone solamente un 0’06% del total de alumnos, frente al 2% de alumnos superdotados de Aragón que deberían estar recibiendo educación específica. Con estos datos y solamente en el ámbito de los superdotados faltarían por identificar 4.138 alumnos con necesidades educativas especiales por su alta capacidad intelectual.

Identificación de las Altas Capacidades en Aragón

Según el Decreto 135/2014, se considerará que un alumno con altas capacidades intelectuales presenta necesidades de apoyo educativo cuando requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, de medidas específicas para responder a las necesidades derivadas de un funcionamiento personal caracterizado por la adquisición temprana de aprendizajes instrumentales, o unas aptitudes y habilidades cognitivas, generales o específicas, por encima de lo esperado en su grupo de edad de referencia.
La identificación de estos alumnos, en base a lo establecido en la Orden de 30 de julio de 2014, será llevada a cabo en un primer momento por el tutor, en colaboración con el equipo educativo del centro, y a continuación por los servicios de orientación.

Siguiendo con esta normativa, las medidas a adoptar en los casos de alumnos con altas capacidades serán:

Identificación temprana e intervención inmediata

Aceleración parcial del currículo cuando el alumno:

  • Presente altas capacidades intelectuales
  • Presente un rendimiento académico superior en las áreas que se hayan propuesto para la aceleración
  • Que la aceleración no genere dificultades de adaptación social

Flexibilización de la duración de los diferentes grados educativos cuando:

  • El alumno presente altas capacidades intelectuales.
  • Con el alumno se haya llevado a cabo durante, al menos, un curso escolar, la medida específica básica de programación diferenciada.
  • El alumno tenga un rendimiento académico superior en las áreas o materias con mayor exigencia intelectual.
  • No se prevean dificultades de adaptación social o repercusión negativa en la estabilidad emocional del alumno.

Tres perfiles de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo por presentar altas capacidades

En la Comunidad de Aragón distinguen:

Superdotación: Alumnado que, a partir de los 12/13 años de edad, dispone de una capacidad intelectual globalmente situada por encima del percentil 75 en todos los ámbitos de la inteligencia tanto convergente como divergente, incluyendo distintas aptitudes intelectuales como razonamiento lógico, gestión perceptual, gestión de memoria, razonamiento verbal, razonamiento matemático y aptitud espacial. Alumnado que, a partir de los 12/13 años de edad, presenta capacidades significativamente superiores a la media en todas las aptitudes intelectuales, pudiendo no alcanzar en ninguna de ellas los niveles de talento

Talentos simples y complejos: Alumnado que muestra una elevada aptitud o competencia en un ámbito específico (por encima de un percentil 95), como el verbal, matemático, lógico, creativo, entre otros. La combinación de varias aptitudes específicas que puntúan por encima de un percentil 80 da lugar a talentos complejos.

Precocidad: Alumnado de edad inferior a los 12/13 años de edad que presenta las características mencionadas para la superdotación intelectual o para los talentos simples o complejos, los cuales una vez que se alcance la maduración de su capacidad intelectual, pueden o no confirmarse.

Medidas Educativas para las Altas Capacidades en Aragón

Programa de Desarrollo de Capacidades. Comienza a aplicarse en 2007 en los centros de Educación Primaria. La Orden del 9 de mayo de 2007 establece que cada centro deberá elaborar un plan de atención a la diversidad y contar con los apoyos organizativos y curriculares necesarios.

Este programa está destina a todos aquellos alumnos que consideren que no se están teniendo en cuenta sus capacidades y en el caso de ser un alumno con altas capacidades intelectuales, deberá estar debidamente identificado, conforme a los criterios anteriormente explicados.

En la Orden del 28 de abril de 2014 se autoriza la continuación del programa de “Desarrollo de Capacidades” y se amplía a Educación secundaria y Bachillerato y se observa que, de los cuatro centros que participaban desde un principio, este año son 29.

Este Programa desarrolla actividades propias del ámbito científico (matemáticas, ciencias y tecnología), sociolingüístico (comunicativo y social) y talleres temáticos orientados al desarrollo de talentos y capacidades.

Fuentes:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Educa Aragón

Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo

Decreto 135/2014 de 29 de julio

Orden de 30 de julio de 2014

Resolución de 29 de octubre de 2007

Orden de 28 de abril de 2014

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