Altas Capacidades en Asturias

Informe sobre la educación de los superdotados y altas capacidades en España: Desde el Fracaso Escolar a la Excelencia Educativa, por Comunidad Autónoma y comparativa con Europa y Estados Unidos. Registro de la Propiedad Intelectual M-005868/2015; Autor: Carmen Sanz Chacón y colaboradores (@carmensanz @superdotacion). Proyecto de la Fundación El Mundo del Superdotado y El Mundo del Superdotado.

La Educación de los Superdotados y las Altas Capacidades en Asturias

Alumnos con Altas Capacidades intelectuales en Asturias

En el curso 2013-2014, según datos estadísticos del Ministerio de Educación, se matricularon en Asturias en el Régimen General 137.325 alumnos, de los cuales 493 están identificados como alumnos de altas capacidades intelectuales. Esto supone solo el 0’36% del total de alumnos matriculados ese curso, frente al 2% de alumnos superdotados en Asturias que necesitan educación específica. Con estos datos y solamente en el ámbito de los superdotados faltarían por identificar 2254 alumnos con necesidades educativas especiales por su alta capacidad intelectual.

Identificación de las Altas Capacidades en Asturias

El gobierno de Asturias sigue el modelo de los tres anillos de Renzulli para identificar a los alumnos con altas capacidades intelectuales. Concretamente, apuntan que lo que caracteriza a una persona superdotada es:

Capacidad intelectual superior a la media: aunque no tienen por qué ser extraordinariamente inteligentes.

Alto grado de dedicación a las tareas: la perseverancia es una de sus cualidades, dedicando más energía y tiempo que otra persona a resolver un problema o una actividad específica.

Alto nivel de creatividad: son personas originales e ingeniosas.

Para la identificación y atención a alumnos con altas capacidades intelectuales, el Gobierno de Asturias divide el Equipo Regional en tres Áreas, siendo la II la destinada a altas capacidades. Este equipo colaborará y asesorará a los servicios de orientación de los centros docentes en la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de altas capacidades, como se determina en el Decreto 147/2014.

Para la identificación de los alumnos con altas capacidades, son los padres quienes la solicitan y el tutor observa y contrasta la información recibida. En caso de no estar de acuerdo con la apreciación de las familias, el tutor puede solicitar a la familia informes o trabajos del alumno. Al mismo tiempo el tutor informa al orientador del centro y deciden si el alumno precisa de evaluación psicopedagógica o no en ese momento.

Tanto el Decreto 56/2007 como en el Decreto 85/2008 establecen que las condiciones personales de alta capacidad intelectual, así como las necesidades educativas que de ellas se deriven, serán identificadas mediante evaluación psicopedagógica, realizada por profesionales de los servicios de orientación educativa y psicopedagógica con la debida cualificación, procurando detectarlas lo más tempranamente posible.

Es competencia del orientador del centro, del tutor y del resto del profesorado del centro realizar la evaluación psicopedagógica del alumno, siendo el orientador quien elabore el informe.

En caso de que el informe indique que, efectivamente, el alumno presenta altas capacidades intelectuales, se registra al alumno en la aplicación informática SAUCE, en el apartado ANRE (Alumno con Necesidad de Refuerzo Educativo)

Medidas Educativas para las Altas Capacidades en Asturias

En base a los ya citados Decretos 56/2007 y 85/2008, la atención educativa al alumnado con altas capacidades se desarrollará, en general, a través de medidas específicas de acción tutorial y enriquecimiento del currículo, promoviendo un desarrollo equilibrado de los distintos tipos de capacidades establecidos en los objetivos de la educación primaria, y un desarrollo pleno y equilibrado de sus potencialidades y de su personalidad.

En cuanto a las medidas educativas a aplicar, en función de las necesidades del alumno, pueden ser:

– Medidas de carácter ordinario: presentación de contenidos con diferentes grados de dificultad, agrupamientos flexibles, adaptación de los recursos didácticos, propuestas de actividades de enriquecimiento…

– Medidas de carácter extraordinario: ampliación o enriquecimiento del currículo de manera específica para cada alumno

– Las Medidas de carácter excepcional: flexibilización de las diversas etapas educativas.

La Resolución del 3 de febrero de 2015 establece que la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales podrá flexibilizarse, previa ampliación curricular, mediante la anticipación de un curso al inicio de la escolarización en la etapa de educación primaria o mediante la reducción de la duración de la misma, cuando se prevea que estas son las medidas más adecuadas para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización. Para solicitar esta medida, el Director o Directora del centro presentará la solicitud de flexibilización de la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales ante la Consejería competente en materia de educación, que resolverá previo informe del Servicio de Inspección educativa.

En cuanto a la normativa aplicable al currículo en Educación primaria (Decreto 56/2007 de 24 de mayo) y en el segundo ciclo de Educación infantil (Decreto 85/2008 de 3 de septiembre), propone la misma vía de identificación y actuación en caso de altas capacidades intelectuales:

Identificación temprana mediante una evaluación psicopedagógica realizada por los servicios de orientación educativa

Acción tutorial y enriquecimiento del currículo, ampliación y refuerzo, contemplándose la flexibilización de acuerdo a la normativa establecida en la Comunidad Autónoma. (Disposición Adicional Sexta del Real Decreto 1467/2007, para Bachillerato).

En su intervención con alumnos de altas capacidades hay que destacar la elaboración de material educativo (Manual Alumnos con Altas Capacidades, junto con la Junta de Andalucía)

Grupos de trabajo con orientadores a nivel regional

La creación de un grupo especifico de atención al alumnado de 3º de Educación Infantil

Los proyectos singulares que se están realizando en algunos centros docentes

C.P. Reconquista (Cangas de Onís). En este centro llevan desde 2011 desarrollando un programa para la atención al alumnado con altas capacidades que prevé la ampliación del currículo mediante actividades extraordinarias que fomenten el trabajo autónomo de los alumnos; agrupamientos flexibles de ampliación, de manera que se favorecen las relaciones de colaboración de los alumnos y la homogenización de los participantes; talleres de ampliación extracurricular que realizan con profesionales externos en grupos reducidos de 8 alumnos como máximo (informática avanzada, creatividad, talleres de laboratorio, salidas, talleres con los padres)

Fuentes:

[1] Niños y jóvenes con altas capacidades intelectuales

[2] Publicación de “ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES”

DECRETO 56/2007 de 24 de mayo, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias.

DECRETO 85/2008 de 3 de septiembre por el que se establece el currículo del segundo ciclo de Educación Infantil.

REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.

REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación del aprendizaje del alumnado de Educación Primaria.

Programa de Atención a Alumnos con Altas Capacidades

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